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Por riesgos de contagio, sigue la suspensión de procesos de participación política en Juárez y Cuauhtémoc
Por riesgos de contagio, sigue la suspensión de procesos de participación política en Juárez y Cuauhtémoc
Chihuahua. - El Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE), en su 18ª Sesión Extraordinaria resolvió, por mayoría de votos, continuar con la suspensión de los procesos de participación política – plebiscito de Cuauhtémoc y revocación de mandato de Juárez - hasta el 31 de este mes de agosto, por considerar que existe un alto riesgo de contagio en las actividades de la captación de firmas de apoyo ciudadano.
En los acuerdos aprobados, se expusieron los argumentos que motivaron tal decisión.
Para el caso de Ciudad Juárez, la aprobación del inicio de captación de firmas de respaldo ciudadano podría causar severas e irreversibles afectaciones al derecho a la salud de las personas que participen en dicha actividad, tanto promoventes como ciudadanía en general; máxime que el municipio fronterizo es el más afectado a nivel estatal por la pandemia, concentrando más del 53% del total de los casos confirmados de contagio y el 69% de los fallecimientos registrados.
El acuerdo plantea también que el mismo derecho a la participación ciudadana de las y los juarenses podría verse afectado, si se autoriza el inicio de recolección de firmas en el momento actual de la pandemia. Esto, porque las medidas sanitarias vigentes reducen la movilidad de las personas y su concentración en los espacios públicos, lo que igualmente disminuiría la posibilidad de captar el número de firmas requeridas por la Ley; incluso, podría frustrar la esperanza que se había depositado en este ejercicio democrático.
Por razones similares, se estimó mantener la suspensión del periodo de captación de respaldo ciudadano en el municipio de Cuauhtémoc, donde está en curso la solicitud del plebiscito.
La ampliación aprobada en esta sesión es hasta el 31 de agosto, o bien, cuando las condiciones de riesgo epidemiológico en el municipio de Juárez, permitan desarrollar con seguridad esta actividad que necesariamente implica interacción entre personas.
Es de resaltarse que la dinámica de captación del respaldo ciudadano, a través de la aplicación informática del INE, necesariamente implica:
§ Quien preste su apoyo, exhiba su credencial para votar a una distancia lo suficientemente cercana para que en el celular o dispositivo móvil a emplearse para tal fin alcancen a distinguirse en forma nítida la información alfanumérica y las imágenes contenidas en dicha credencial;
§ Quien brinde su apoyo, deba retirar momentáneamente el cubrebocas para que la persona auxiliar/gestor tome una fotografía de su rostro;
§ Una vez hecho lo anterior, la persona que preste su apoyo debe tocar con su dedo el celular o dispositivo móvil a fin de estampar en él su firma.
Antecedentes
El 6 de enero del 2020, se recibió la solicitud de plebiscito para someter a consulta pública del municipio de Cuauhtémoc la aprobación del proyecto de la concesión de la recolección, traslado y disposición final de la basura. El Consejo Estatal del IEE la resolvió como procedente y aprobó el uso de la herramienta informática del INE para recabar las firmas de respaldo ciudadano y las copias de las credenciales para votar con fotografía en formato digital, en un periodo del 6 de marzo al 3 de junio del 2020. A partir del 21 de marzo, este término fue suspendido por razones de la pandemia por coronavirus.
El 10 de marzo del 2020, el IEE recibió dos solicitudes de inicio de revocación de mandato del alcalde de Ciudad Juárez, presentadas por dos grupos diversos de ciudadanas y ciudadanos. Ambos escritos cumplieron con los requisitos y al existir conexidad entre las solicitudes, se estimó conveniente acumularlas un solo procedimiento.
En la 17ª Sesión Extraordinaria, el Consejo Estatal del IEE resolvió, por mayoría de votos, como procedente la solicitud de inicio de revocación de mandato, el uso de la aplicación del INE para captación de firmas, pero dejó bajo reserva la fecha de inicio de esta actividad.
Se aprobó también el trámite de la designación de un representante común para las dos solicitudes. El acuerdo de la 18ª Sesión Extraordinaria establece que las prevenciones formuladas a las agrupaciones promoventes no se cumplieron, por tanto, se hace efectivo el apercibimiento decretado y queda como representante común de los instrumentos de participación política radicados en el expediente de clave IEE-IPC-07/2020 y su acumulado IEE-IPC-08/2020 a Catalina Castillo Castañeda, primera persona firmante de tal solicitud.